Saturday, July 6, 2013

Criminología (2da Parte)...

Criminología, Ciencia Natural y Cultural


La criminología es una ciencia natural y cultural, la antigua diferencia entre las ciencias ha desaparecido; actualmente las ciencias naturales tienen una explicación y un contexto cultural, y las ciencias culturales, no pueden explicarse sin la ayuda y auxilio de las ciencias naturales.
La criminología es una ciencia natural en cuanto estudia la conducta criminal, por otra parte, cultural en cuanto que el crimen es un producto social. La “pureza” de las ciencias va quedando atrás, toda la ciencia de hoy va hacia las soluciones interdisciplinarias, pues se reconoce que una sola ciencia no puede resolver problemas complejos, y la “ciencia pura”, sin aplicación concreta a aliviar a los problemas del conglomerado social, principalmente si se trata de una ciencia social – cultural.


Las Materias de Síntesis
**Antropología Criminológica; surge pretendiendo dar una explicación integral del hombre delincuente; la antropología es la ciencia del conocimiento del hombre, por lo que esta área estudia las características del hombre criminal. Existen 2 tipos de antropología:
*Física, estudio de la evolución y vulnerabilidad del género humano y su relación con el ambiente.
*Cultural, estudio de la cultura mediante restos materiales, sus diversas manifestaciones y los medios de comunicación intrínsecos.
La Antropología Criminal ha sido definida como “El estudio de las características físicas y mentales particulares a los autores del crimen o delito; la ciencia que estudia las características especificas y distintivas del hombre”. Esta también estudia el efecto del medio físico y la adaptación del humano al mismo, así como el espacio en que este muere.

**Biología Criminológica; estudia al hombre de conducta antisocial como un ser vivo, desde sus antecedentes genéticos hasta sus procesos anatomo – fisiológicos, la influencia de los fenómenos biológicos en la criminalidad y participación de los factores biológicos en el crimen.
Esta se define como “la teoría del delito, como aparición en la vida de un pueblo y en la vida en particular”.

**Psicología Criminológica; basado en la etimología, es el “estudio del alma del delincuente/criminal”. Esta área ha rebasado en mucho el límite de la observación individual del sujeto antisocial, extendiéndose hacia los estudios de la conducta criminal y de los factores psicológicos que influyen en la criminalidad, sean individuales o colectivos. Ferri concreto 4 normas de alcance de la psicología:
*Psicología Criminal, estudia al delincuente en cuanto es autor del delito.
*Psicología Judicial, el comportamiento del sujeto en cuanto es imputado del delito.
*Psicología Carcelaria, es el estudio mientras está condenado, expiando una pena.
*Psicología Legal, coordina las normas psicológicas y psicopatológicas, que ocurren por la aplicación de las normas penales vigentes sobre condiciones del sujeto y las circunstancias agravantes y atenuantes.
En un sentido amplio, se reúne la Psicología Judicial y la Psicopatología, en cuanto estudia las aptitudes, procesos mentales, personalidad, motivación del criminal y de su crimen, abordando la llamada Psicología Social Criminológica, en que se ve la psicología del individuo hacia la psicología de los grupos sociales o antisociales.

**Sociología Criminológica; estudia el acontecer criminal como fenómeno que se da en la colectividad, tanto en sus causas y factores como en sus formas, efectos y relaciones con otros hechos y conductas que se dan en sociedad.
Esta sociología, estudia los problemas criminales y trata de dar explicaciones mas completas a la conducta antisocial, centrándose en temas como las subculturas criminales, los conflictos culturales, el etiquetamiento, la marginalización, etc.
Con la integración de más ciencias sociales, es en este momento donde podemos hablar de “Administración Criminológica” o “Política Criminológica”.

**Criminalística; es un conjunto de procedimientos aplicados a la búsqueda, descubrimiento y verificación científica del hecho aparentemente delictuoso y del presunto actor de este. Es una disciplina que reúne las ciencias y conocimientos humanos para descubrir al presunto criminal, así como poder explicar y reconstruir el crimen.

**Victimología; en general, puede definirse como el estudio científico de las víctimas, no se agota con el estudio del sujeto pasivo del delito, sino que atiende a otras personas y otros campos no delictivos, como los accidentes.
El fenómeno criminal y la criminalidad difícilmente puede explicarse sin el análisis de la víctima, el mismo criminal es incomprensible en la mayoría de los casos si no es en relación a su víctima.

**Penología; a nivel general, se le considera como el estudio de los diversos medios de represión y prevención de las conductas antisociales, de sus métodos de aplicación y de la activación pos penitenciaria. El estudio de la pena como fenómeno facticio y no como problema jurídico es el meollo de la penología, la que debe analizar la eficacia de las penas y los resultados sociales, económicos, políticos, psicológicos y físicos.


Política Criminológica
Verselle explica que si nos ocupamos de la modificación de estructuras político – sociales, en las cuales se dan conductas antisociales, no estamos resolviendo en realidad el problema, solo es una lucha parcial y superficial inútil.
Por esto es necesario vincular la prevención y lucha contra el crimen con la acción política,  en la cual se postulan metas a cumplir por el estado, partiendo de que la política es la ciencia, arte y virtud del bien común.
Un primer momento de la política criminológica es la legislación, ya que no se trata de hacer leyes coherentes que se cumplan. Roxin propone 3 requisitos que deben ser cumplidos:
*Claridad y Ordenación Conceptual
*Referencia a la Realidad
*Orientación en finalidades Político – Criminales.
Después de realizar una ley, debemos buscar su correcta aplicación y es aquí en donde quedamos en manos de los jueces, el momento judicial es muy importante y Hernández Palacios ha mencionado que “es más importante un buen juez que una buena ley”.
Otra parte de la política criminológica es que la ley debe estar instrumentada, acompañada de medios e instrumentos para cumplirse, mas en claro, la Política Penitenciaria. Esta política no puede funcionar adecuadamente por el poder judicial, que llega a alargar los procesos por más de un año, con la consiguiente aglomeración y sobrepoblación de las prisiones preventivas.
La pena de prion debe ser el último y desesperado recurso de defensa social, esta debe basarse en la Penología, ya que es la ciencia que más datos aporta al conocimiento de la eficacia de las penas, esta debe fijarse en la necesidad, pues solo debe ejecutarse las penas estrictamente indispensable para los fines de prevención.

**Prevención; conocer de antemano un daño o perjuicio, preparar, aparejar y disponer con anticipación los casos necesarios para un fin. En materia criminológica, es conocer con anticipación la probabilidad de una conducta criminal, disponiendo los medios necesarios para evitarla.
Lenjins habla de:
*Prevención punitiva = intimidación o amenaza penal.
*Prevención mecánica = obstáculos.
*Prevención colectiva = detectar y eliminar la forma no penal.
Existen diversas maneras de agrupar las medidas de prevención, ya sean generales o individuales; en este caso, Barreto prefiere clasificar en:
*Objetos del Delito
*Medios del Delito
*Actor del Delito

Sánchez Gallindo dice: “debemos prevenir antes que castigar, las sociedades del futuro deberán establecer métodos de prevención y tablas de predicción de tal suerte, eficaces y valiosas que, aplicadas a tiempo, hagan las prisiones (…) cosa del pasado”.

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