Tuesday, April 15, 2014

Juicios Orales en México... ¿En Qué Beneficia?

Anteriormente se mencionó la forma en la que se lleva a cabo el proceso penal con el cambio al sistema acusatorio, y es que si bien, lo indispensable para el perito en psicología es saber cómo responder y poder defender su trabajo al momento de presentarse al juicio oral, no está de más el conocer el proceso por el que debe pasar tanto la víctima, como el sujeto imputado, pues no cabe duda que el proceso penal siempre tendrá algún grado de afectación en la persona, pero… ¿Qué representa? ¿En qué beneficia a la sociedad y la impartición de justicia este cambio de sistemas penales?
Inicialmente, para poder apreciar los pros y contras del cambio de sistema, debemos tener en cuenta lo que propone y permite el sistema acusatorio, a la vez de tener en cuenta los problemas que ya se tenían desde hace años con el sistema que puede definirse como inquisitivo.
El proceso penal mexicano anterior era costoso, además de que no satisfacía ni garantizaba los derechos de la víctima, el acusado, y aunque nunca se tomara en cuenta, los agentes de la autoridad. Además, sus etapas, que abarcaban desde la prevención de los delitos a cargo de las policías locales, abarcando la integración de averiguaciones previas realizadas por parte del M.P.; dejando el juicio a los jueces correspondientes, y la ejecución de las sentencias, todo el proceso en general, estaba marcado por una notable ineficiencia, lo que generaba criticas como:
*La Policía no previene delitos.
*Los M.P. no saben investigar y en consecuencia, hacen una mala integración de las averiguaciones previas.
*Los jueces son indolentes y casi nunca están presentes en las audiencias.
*Lo menos que logran los centros reclusorios es la readaptación social.
*La tortura sigue siendo empleada por los agentes policiales en la investigación de los delitos.

Por su parte, el sistema acusatorio propone y se plantea objetivos como:
*Ampliar los derechos de la víctima y el ofendido
*Implementar juicios orales, lo que permite transparentar la actuación de las autoridades, además de que no es un proceso tardado, y debe ser público, contradictorio, concentrado, continuo y la presencia de los jueces es necesaria.
*Implementar mecanismos alternativos de resolución de controversias, donde se da inicio a procesos como la mediación y la conciliación.
*Creación de los Jueces de Control.
*Desahogo del sistema judicial gracias a los procesos abreviados.
*Proteger los derechos humanos de los inculpados.
*Elevar a rango constitucional el arraigo; anteriormente solo se proponía la prisión preventiva como único sistema para “vigilar” al imputado.
*Dotar al Congreso de la Unión de facultades exclusivas para legislar sobre delincuencia organizada, esto conlleva la creación de nuevos métodos e instalaciones para los imputados por este delito.
*Aplicar bienes de la delincuencia organizada a favor del Estado.
*Fortalecer la investigación del delito a cargo de la policía, bajo la conducción jurídica del M.P.
*Restringir la prisión preventiva y los beneficios preliberacionales.
*Fortalecer la prevención del delito.
*Fortalecer el Sistema Nacional de Seguridad Publica.
*Implementar gradualmente las reformas; se puede apreciar que el sistema acusatorio impone grandes cambios, lo que complica su adecuación, para esto, el Congreso de la Unión ha otorgado un plazo de 8 años para que todos los estados del País, logren implementar y adecuar los procesos, leyes y cargos necesarios para el correcto funcionamiento del proceso penal.


A continuación, mostraré los principales puntos que deben ser considerados en esta reforma penal, los cuales, se toman en cuenta para corregir los errores del anterior sistema:
*Presunción de inocencia. El acento en reforzar la presunción de inocencia significa la obligación del gobierno para no iniciar ningún juicio penal a menos de que esté convencido de las investigaciones policiales previas. Esto demanda la separación de la fiscalía (ministerio público) de la policía judicial, tanto en funciones como en la misión y visión de cada una. La policía persigue delincuentes y criminales, la fiscalía procura justicia cuando hay casos que merezcan juicio.
*Igualdad de las partes. El Estado ya no es el dueño del orden público, sino la sociedad. El gobierno es quien custodia ese orden público y por lo tanto debe respetar a todos sus integrantes, aun cuando los acuse de algún delito. El juzgador ya no verá un proceso en el que, por un lado, el Estado se viene encima de sus enemigos o adversarios con toda su fuerza, y por el otro a un acusado débil y aislado. El ministerio público ya no puede ser un inquisidor que trae pruebas de hechos al juez, exigiendo que ante la prueba condene como dice la ley. El sistema acusatorio pone en igualdad al fiscal y al acusado frente al juez.
El MP será el abogado de la policía; usará sus datos e investigaciones para convencer al juez de la solidez de la acusación, mientras que la defensa usará esos mismos elementos para convencer de lo contrario. Pero ambos son iguales. No es un infractor de la legalidad acusado por el representante del orden jurídico, sino de dos partes litigando en caída libre, a partir de las virtudes y defectos de sus abogados.
*Derechos de la víctima y penas. Se ha fortalecido constitucionalmente el régimen de los derechos de la víctima. Es la oportunidad de robustecer su capacidad de obtener reparaciones del daño e indemnizaciones con independencia de las condenas penales, porque una cosa es el bien privado y otra
el orden público.
*Víctima y acusado. Ambos son parte del pueblo soberano y ambos han sido fortalecidos en derechos
y garantías. Esto hace complejo el esquema porque el Estado debe tratar a ambos con respeto, sin prejuicios y con dignidad. Culturalmente debemos empezar a asumir estos ámbitos de protección como parte de nuestras propias garantías. Un nuevo régimen para la delincuencia organizada, que comienza en realidad en las investigaciones, en los cateos, arraigos e intervenciones telefónicas que tienden a apoyar la labor policiaca, con miras a que sus pesquisas sean más acertadas y permitan llevar a juicio a los  criminales.
*Oralidad. Desafortunadamente no se tiene previsto instalar jurados, sino que la oralidad será una modalidad del proceso entre abogados (fiscal y defensor) y el juez. Ya tendremos oportunidad de detallar las diferencias entre los juicios al estilo de Hollywood y lo que tenemos en puerta en México. Lo que sabemos es que el proceso de decisión podrá ser más rápido y menos barroco que el actual; más transparente y abierto; más humano en muchas de sus facetas; y ojalá que sea más justo en su esencia y en su imagen.



Bibliografía
ABC del Nuevo Sistema de Justicia Penal; PGR, INACIPE.
Carlos Ramirez; “Juicios Orales en México”; Notas de la Obra de M. Carbonell; Ed. Porrúa; 2011.
Alfredo Orellana Moyao; “La Justicia y la Palabra, La Reforma y los Juicios Orales en México”; 2010.

Sistema Penal Acusatorio... Etapas del Proceso

En años recientes, el sistema penal en el que se basaba el proceso de justicia de nuestro país se ha modificado, pasando de ser un sistema estricto, sin posibilidad del acusado a defenderse (en la mayoría de las ocasiones), y con un procedimiento tan largo, que aparentemente el sujeto estaría pagando su pena, sin haber sido declarada como tal, es decir, la prisión preventiva se veía tan extensa que vulneraba los derechos humanos del sujeto… ¿Cuál fue el resultado?... En los siguientes trabajos se planteara la idea del nuevo Sistema Penal Acusatorio que ha empezado a implementarse en el Sistema de Justicia de México, en esta primera parte, primero se abordarán las partes que componen el proceso penal actual, y después, lo que representa tal cual, la implementación de los Juicios Orales a la penalización de los delitos supuestamente cometidos por el imputado.
Como se mencionó anteriormente, en este trabajo se describirán las fases por las cuales el sistema penal llega al fin último del castigo del delito, que básicamente, es la privación de la libertad. El proceso completo puede dividirse en tres partes para su estudio y fácil comprensión, inicialmente, la fase Intermedia o de Investigación, pasando al Juicio Oral (procedimiento de desarrollo), para terminar en la Ejecución de la Sentencia, estas serán dirigidas por Juez de Control, Juez de Garantía y el Tribunal, en orden correspondiente con las fases señaladas.



Fase Intermedia
Algo que debe considerarse antes de pasar a las etapas, es que tras la detención de un sujeto, ya sea por querella o denuncia, este cuenta con 48hrs para que pueda ser canalizado, de los separos, al Juez de Control; a través del cual dará inicio el proceso de investigación del presunto delito, otorgándosele un defensor al sujeto imputado, y el Ministerio Publico ira por parte de la víctima, como representante legal de esta y de la sociedad.
Básicamente se busca que el proceso de detención haya sido el correcto, en términos legales, se busca calificar las características de tiempo, modo y lugar de la detención, en un principio, pues después el procedimiento continua con la formulación de la imputación, en la cual el M.P. le comunica al imputado la razón por la cual se encuentra en el proceso de investigación, finalizando con la Vinculación a Proceso, que permite al Juez de Control turnar el caso a lo que se conoce como Juicio Oral, dando la oportunidad al imputado de declarar y llevar el proceso a un modo Abreviado, o de lo contrario, aceptar, negar o duplicar el tiempo de 72hrs para que esta vinculación se lleve a efecto.
Otro punto importante que debe ser señalado en esta fase, es que todas estas partes de la fase Intermedia se llevan a cabo el mismo día; además de que al término de este, se presentan y negocian las medidas cautelares correspondientes al caso que está en proceso, las cuales, no deben exceder el periodo de 2 meses para una pena máxima de 2 años, y no más de 6 meses para los periodos mayores a 2 años. Este tiempo que se otorga a partir de las medidas cautelares, solamente permiten al M.P. y a la defensa del imputado, el preparar las pruebas necesarias para presentarlas en el Juicio Oral, pero debe tenerse en cuenta que para este entonces, el M.P. ya tiene los indicios, evidencias o pruebas correspondientes de la zona de hallazgo, procesadas a partir de la Cadena de Custodia.



Juicio Oral
“El juicio oral es (considerado un proceso) público, concentrado, con vigencia estricta del principio de inmediación, es decir, se lleva a cabo el día en el que se programó. Esto supone que el tribunal debe recibir y percibir en forma personal y directa la prueba, y que su recepción y percepción debe obtenerse a partir de su fuente directa. De este modo, salvo casos muy excepcionales, los testigos y peritos deberán comparecer personalmente al juicio para declarar y ser examinados y contraexaminados directamente por las partes, sin permitirse la reproducción de sus declaraciones anteriores por medio de su lectura”.
En este caso, el o los jueces presentes (máximo 3, 1 que preside) según el caso que se va a tratar, también conocidos como Jueces de Garantía, los cuales dictan el fallo sobre la base de lo obrado en el juicio oral, entendiendo que el conocimiento obtenido en él es el único que habilita para un  pronunciamiento adecuado sobre el fondo del asunto. Por ello se limitan severamente los recursos, regulándose solo un recurso de nulidad como vía de impugnación del juicio, cuyo efecto principal en caso de concederse obliga a la reiteración del mismo ante un tribunal distinto.
Ahora bien, obtienen la información necesaria para la resolución del caso a partir de Testigos, Peritos y otros Documentos que puedan aportar información veraz y contundente para el caso. Además de estos personajes, procederé a mencionar las partes que deben estar presentes en el proceso.
*Jueces (mencionados anteriormente)
*Ministerio Publico; “se trata en este caso de la institución y no de un fiscal en particular. El ministerio público opera bajo el principio de unidad, de manera que cualquier fiscal representa de igual manera a toda la institución. Al tribunal le es indiferente cómo el ministerio público organice su comparecencia a juicio. Habiendo en la sala un fiscal que dice venir a litigar el caso en juicio, la presencia del ministerio público se encuentra satisfecha. La ausencia del ministerio público en cualquier porción del juicio acarrea su nulidad”.
*Acusado y Defensor
*Testigos; “la prueba por excelencia en el juicio oral suele estar constituida por el testimonio, ampliamente concebido. Sea que se trate de la declaración de un tercero que dice haber percibido cosas relativas al caso, sea que se trate de la propia declaración de la víctima o del acusado, en un sistema de libre valoración todo ello es testimonio. Ya veremos que incluso cuando deseamos incorporar al juicio objetos o documentos esto deberá las más de las veces ser realizado a través de una persona que nos diga que dicho objeto o documento es lo que la parte que lo presenta asegura que es.
Los testigos son personas que han percibido a través de sus sentidos hechos que son relevantes para la resolución del caso. En consecuencia –y en principio– los testigos concurren a declarar sobre hechos. Sus opiniones o conclusiones no son materia de testimonio, no resultan relevantes, salvo excepciones, y por lo general, dan lugar a una legítima objeción de la contraparte”.
*Peritos; “son una particular especie de testigos. No importa cómo se les llame, el hecho es que –lo mismo que los testigos– se trata de personas que cuentan con información relevante acerca del caso que se está juzgando y que deben venir a dar cuenta de ella en forma oral y sujeta a la contradictoriedad del juicio. A diferencia de los testigos, sin embargo, los peritos por lo general no han presenciado directamente los hechos del caso, sino que emiten acerca de él juicios para los cuales se requiere una determinada experticia. En el caso de los peritos, en consecuencia, las opiniones, lejos de ser irrelevantes –y por lo tanto inadmisibles– suelen constituir precisamente el objeto de su declaración. Así, procederá el informe de peritos en los casos determinados por la ley y siempre que para apreciar algún hecho o circunstancia relevante para la causa fueren necesarios o convenientes conocimientos especiales de una ciencia, arte u oficio”.



Ejecución de Sentencia
“El Código exige que los jueces resuelvan inmediatamente una vez cerrado el debate. Esto no quiere decir que no deban tomarse el tiempo de deliberación que requieran hasta alcanzar una decisión. La cuestión es que los jueces deben resolver con arreglo al recuerdo fresco de lo que acaban de percibir con inmediación en la audiencia. Deben, en consecuencia, abocarse a alcanzar una decisión sin conocer ningún otro asunto en el intertanto, de modo que no haya duda alguna acerca de que están fallando en consideración a la prueba del juicio y no, en cambio, con información de otro caso.
Una vez adoptada una decisión por el tribunal, “la sentencia definitiva […] deberá ser pronunciada en la audiencia respectiva”. Se trata nada más de la decisión acerca de la condena o absolución, acompañada de los fundamentos principales. Sin embargo,} tratándose de casos que hayan durado más de dos días y cuya complejidad – pese a haber alcanzado los jueces una decisión– exige tiempo para organizar los principales fundamentos de la misma, el tribunal podrá diferir hasta por un máximo de 24 horas la comunicación del fallo”.


BibliografíaBaytelman A., Andrés; Duce J., Mauricio; “Litigación Penal, Juicio Oral y Prueba”; 2004; 1° Edición; Universidad Diego Portales; Santiago, Chile.

Tuesday, April 1, 2014

MAPI - Evaluación Psicológica & Criminal

Autopsia Psicológica. Protocolo Integrado para la Investigación
Criminal (MAPI-CRIMINAL)

I. Ficha Sociodemográfica
1 Nombre
2 Dirección
3 Fecha de Nacimiento
4 Lugar y área de vivienda
5 Sexo
6 Grupo racial
7 Estado Conyugal
8 Nivel de escolaridad
9 Ocupación
10 Credo religioso
11 Antecedentes patológicos personales
12 Antecedentes patológicos familiares (Madre, Padre, Hermanos, hijos)
13 Hábitos tóxicos (tipo, frecuencia y cantidad)
14 Tipo de vivienda, estado y ubicación
15 Ingresos y pertenencias
16 Características de su cónyuge

II. Examen psico-fisiológico retrospectivo
A. Esfera de integración
1 Consciencia
2 Atención
3 Memoria
4 Orientación
5 Nivel intelectual

B. Esfera cognoscitiva
1 Sensopercepción
2 Pensamiento
3 Curso del Pensamiento
4 Contenido del pensamiento

C. Esfera de relación
1 Consigo mismo
2 Con los demás
3 Con las cosas
4 Tipo de Afectos

D. Esfera conductual
1 Tipo de conducta
2 Alimentación
3 Sexualidad
4 Higiene
5 Sueño
6 Activación
7 Lenguaje
8 Trastornos vegetativos
9 Tipo de Síndrome

E. Áreas de conflictos
1 Personales
2 Familiares
3 Vivienda
4 Económicos
5 Laborales
6 judiciales
7 Antecedentes penales (infancia, adolescencia, adultez)
8 Indicios de agresividad (no judicialización)
9 Estancia en prisión
10 Hábitos Antisociales
  
III. Perfilación Psicológica del occiso (estado pre-suicida)
1 Aspectos psicológicos
2 Escala de Valores
3 Señales Pre-suicidas
4 Tratamientos y/o psicofármacos
5 Perdidas recientes
6 Relación con el autor o autores de su muerte
7 Lugar donde ocurre el Hecho
8 Hora del deceso
9 Presencia de terceros
10 Ingesta previa de sustancias
11 Porte y manejo de armas
12 Causa medica y medio de muerte
13 Posibles motivaciones del hecho
14 Relaciones víctima/victimario
15 Sentimientos hacia 1ra. Víctima y victimarios
16 Ultimo cuadro víctima (postura y verbalizaciones)



Resultados de perfilación Criminal
I. Riesgo de la victima
1 Demografía de la víctima
(rasgos físicos, relaciones afectivas,
estilo de vida, profesión, educación,
2 Datos del vecindario
3 Antecedentes psiquiátricos y penales
4 Historia sexual y social
5 Historia medica y ultimas actividades
6 Rasgos de personalidad asociados a riesgo
7 Consumo de drogas y alcohol (estado mental)
8 Grado resistencia de la víctima
9 Rutina de la víctima

II. Escena del crimen
1 Evidencia física
2 Evidencia conductual
3 Georeferenciación
4 Tipo y ubicación de lugar
5 Punto de contacto, (escena
primaria, secundaria e intermedia)
6 Lugar de abandono del cuerpo
7 Método de aproximación
8 Método de ataque (empleo de la
fuerza)
9 Método de control
10 Preparación, planificación
y precaución
11 Elementos de oportunidad
(no planificados)
12 Objetos personales (trofeos/souvenirs)
13 Cuerpo en la escena (posición, como llego, porque ahí, condición, se ajusta al crimen, expresividad o significado)
14 Manipulación de la escena

III. Modus operandi (conductas instrumentales)
1 Riesgo del delincuente
2 Riesgo del Modus operandi
3 Disciplina, habilidad o profesión
4 Conocimiento de la víctima
5 Conocimiento particular de la escena
6 Protege identidad (impunidad)
7 Fácil huida
8 Éxito criminal (confianza/avezado)
9 Número de delincuentes
10 Planificación previa
11 Selección del lugar, ruta seguida, vigilancia previa de la víctima
12 Fantasía del agresor, empleo de armas, utensilios
13 Naturaleza y extensión heridas víctima
14 Método de asesinato
15 Materiales educacionales y técnicos
16 Oficio o experiencia profesional
17 Experiencia criminal y confianza
18 Influencia de la prensa
19 Estado de ánimo
20 Factores inesperados
21 Deterioro del Modus Operandi (paso del tiempo, edad, enfermedad)

IV. Firma del delincuente (estática y expresiva)
1 Necesidades emocionales (carencias, compensaciones, refuerzos)
2 Compulsiones
3 Obsesiones
4 Tipo de motivación
5 Sadismo
6 Conductas (expresivas)
7 Posibles mensajes implícitos
8 Zona de comodidad o mundo favorito
9 Evolución de la firma
10 Fantasía subyacente
11 Actos innecesarios o rituales

V. El Perfil geográfico
1 Método de transporte, diferentes caminos
2 Interés del lugar de origen y destino
3 Conocimiento de los caminos (seguridad)
4 Número y tipo de obstáculos
5 Rutas alternativas
6 Mapas mentales
7 Hallazgos del cuerpo y zonas de oportunidad criminal
8 Sitio del crimen, rutas, autovías y uso del terreno
9 Limites físicos y psicológicos
10 Demografía del vecindario
11 Posible desplazamiento
12 Método de búsqueda Oportunista

VI. Perfil del Criminal Desconocido
1 Actuación solitaria o en complicidad, ¿casos similares?
2 Demografía del autor (edad, sexo, nivel educativo, ocupación, estado civil, procedencia)
3 Características físicas (peso, estatura, etnia, defectos o marcas)
4 Antecedentes delictivos previos
5 Características Psicológicas (motivación, patología, inteligencia, autocontrol, consumo drogas, relaciones familiares, relaciones sociales e historia sexual)
6 Ubicación Geográfica (hogar-sitios del suceso)
7 Predicción nuevo crimen (volverá, tipo de víctimas, tpo. aproximado, posible lugar, modificación de su M.O.)
8 Cambio de actitud luego del crimen (pautas sociales, laborales, actividad laboral, rutinas y equilibrio emocional)
9 Organizado, desorganizado, mixto
10 Tipo según método de ataque

11 Psicópata, psicótico, avezado o deshumanizado