
Atención interdisciplinaria
Un caso de violencia familiar es multidimensional, no sólo por el
número de personas involucradas en la situación de violencia, sino también por
los múltiples tipos de violencia recibida, sus secuelas, etc. Cuando hablamos
de la intervención especializada a casos de violencia familiar, debemos
considerar que la atención debe estar orientada a todas las personas que la
viven. Esta atención es multidimensional también, mientras un miembro de la
familia requiere asesoría, orientación o bien intervención en crisis, otro
puede requerir terapia, denuncia de una violación de derechos, etc. Los centros
de atención son, por ello, lugares de intervención interdisciplinaria. Entre
los servicios básicos que deben tener se recomienda:
*Intervención en crisis.
*Atención psicológica.
*Orientación legal e, incluso, litigio de casos y restauración de derechos.
*Gestiones sociales diversas.
*Seguimiento de casos.
¿Qué es una referencia?
Es una solicitud hecha por una persona que vive violencia y requiere
de uno o varios servicios de atención y que, por alguna razón, no puede ser
satisfecha totalmente por la institución a la que acude. La referencia de un
caso de violencia hace que la solicitud de atención que satisfaga totalmente, o
en mayor medida, las expectativas de una mujer que vive violencia.

Referencia de casos es sobre todo brindar opciones reales a quienes viven violencia, estas opciones serán
tan consistentes como consistentes y diversos sean los integrantes de la Red de
Referencia de Casos.
Tipos de referencia de casos.
La referencia de casos puede clasificarse en distintas formas:
Por el lugar al que se canaliza a una
persona o del que ha sido canalizada.
*Referencia médica. Si se refirió a la persona a un servicio de
salud u hospitalario.
*Referencia legal. Si se refiere a la persona a alguna instancia de atención
legal y de asesoría.
*Referencia gubernamental. Si proviene de alguna institución de
gobierno
*Referencia no-gubernamental. Si proviene o se envía a alguna institución
privada u organización de la sociedad civil.
*Referencia laboral. Si se refiere de o hacia una instancia de
atención al trabajo o empleo.
*Referencia de protección. Si se refiere a una derivación del caso a
un Refugio o albergue de protección temporal.
*Referencia interrefugial. Si se refiere de un Refugio a otro
Refugio.
*Referencia policial. Si se refiere a una referencia hecha por o
hacia una instancia policial.
*Referencia judicial o ministerial. Si se trata de una referencia
hecha hacia o por una instancia judicial del sistema de procuración de
justicia.
*Referencia por violencia familiar.
*Referencia por violencia de pareja.
*Referencia por violencia de género.
*Referencia por violencia sexual.
*Referencia por violencia económica o patrimonial.
*Referencia por Trata de Personas.
Por
el nivel de riesgo que enfrenta la persona al momento de ser referida:
*Referencia de alto riesgo. Se trata de los casos de referencia en
los que la mujer y sus hijas e hijos, enfrentan un riesgo inminente de daño
mayor con consecuencias graves, entre ellas a su integridad física o mental.
*Referencia de riesgo medio: Se trata de los casos de referencia en
los que hay violencia severa emocional, económica, de riesgo moderado en la
integridad física. No hay presencia de amenazas de muerte, homicidio, suicidio,
etc.
*Referencia de riesgo bajo. Se trata de los casos de referencia en
los que la violencia está presente en un nivel inicial o sin riesgo inmediato
para la mujer y sus hijas e hijos.
Según el nivel de la atención que se
requiere, es decir el tipo de servicio:
*Especializado, seguro y confidencial. Como Refugios temporales de protección
y atención interdisciplinaria.
*Especializado y confiable. Centros de servicios especializados en
la atención a la violencia familiar o de género, institucionalizados que inician
procesos de intervención en distintas áreas: médica, legal, psicológica,
pedagógica, lúdica, laboral, etc.
*Orientación y detección. Lugares en los que se orienta a mujeres
que viven violencia y puede iniciarse una detección primaria del tipo de violencia
atendida.
*Atención a solicitudes diversas. Entran en esta descripción las instancias
o personas que facilitan o permiten la solución a otras necesidades, incluso no
relacionadas con la situación de violencia que viven, pero que representan
parte de la solicitud de satisfacción de necesidades de una familia con
violencia.
Ahora bien, debemos tener en cuenta que, dentro del proceso, se debe
evitar el volver a victimizar a la persona, lo que se llama “doble
victimización”; el proceso primario de victimización (delito) recae
directamente sobre la víctima, en su persona, moralidad, bienes materiales,
etc., sin embargo, cuando se realizaba la denuncia judicial, esta era nuevamente
victimizada por el personal de las diversas instituciones, las cuales, aun
cuando son de atención primaria, carecían de sensibilidad para un adecuado
trato a las víctimas; es todo originaba, además de un trato grosero, se hacía
sentir nuevamente culpable del delito que sufrieron, sobre todo en los casos de
violencia sexual.
Derechos de la Victima
*Recibir asesoría jurídica.
*Reparación del daño (consecuencias del delito y gastos originados).
*Coadyuvar con el fiscal (MP).
*Atención medica de ser necesario.
*Comparecer en audiencias y manifestar lo que a su derecho convenga.
*Ser atendido en centros especializados.
*Formular la querella/denuncia.
*Otorgar el perdón si así lo deseara, sin obligación/presión.
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Los programas dirigidos a
la violencia de género y familiar no son los únicos que se han desarrollado,
como parte del Gobierno, se encuentra el dar atención a las víctimas del
delito, por lo que podemos encontrar el programa PROVICTIMAS, desarrollado en la
administración pasada, en el año 2011:
PROVICTIMA es un organismo descentralizado de la Administración Publica Federal, que tiene como objetivo brindar atención a las victimas de delitos, así como a los familiares de personas desaparecidas o no localizadas, guardando apego a los principios de gratitud; de sensibilidad, empatía y trato equitativo que requiera la situación particular de aquellos; y de lealtad para con esas personas, para con sus derechos y para con sus intereses jurídicos, procurando siempre contribuir a su bienestar físico, psíquico y emocional.
PROVICTIMA actuará de
conformidad con los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos
y atención a victimas de delitos de los que el Estado Mexicano sea parte, con
las recomendaciones y resoluciones adoptadas por los organismos multilaterales
y regionales, y las demás disposiciones legales administrativas aplicables.
A la Procuraduria Social de
Atención a las Victimas de Delitos (PROVICTIMA) podrán acudir todas las
personas que han padecido el flagelo de la violencia criminal para que reciban
la atención medica y psicológica indispensable para su recuperación
y asesoría jurídica gratuita en los casos que se requiera, independientemente
de que se trate de delitos del Fuero Federal o del Fuero Local.
PROVICTIMA presta atencion
y servicio a las victimas o personas ofendidas de los delitos de homicidio,
secuestro, extorsión, trata de personas y el apoyo para quien enfrenta un problema
de personas desaparecidas o no localizadas.
Los servicios que ofrece
PROVICTIMA son:
*Apoyo en la búsqueda de
personas desaparecidas. Proporciona atención a todo familiar de la persona
reportada en calidad de extraviada, sustraída o ausente, coadyuvado en la
búsqueda y difundiendo información para su localización a través de las
instituciones del Gobierno Federal, así como, Gobiernos Estatales, Municipales
y Organizaciones de la Sociedad Civil.

*Asesoría Jurídica. Brinda atención inmediata con la información que el personal de trabajo social ha recibido en el primer contacto y durante la entrevista, ello permitirá conocer la necesidad jurídica especifica para estar en posibilidad de brindarle los servicios legales de asesoría, orientación y en su caso, defensa legal. El objetivo de la atención jurídica es acompañar a las personas victimas u ofendidos del delito garantizando que su acceso a la justicia sea con pleno respeto a los derechos humanos, evitando la doble vicitimización.
*Asesoría Médica. Proporcionar valoración médica de primer contacto a las victimas y ofendidos del delito, mediante la prevención, detección y orientacion acerca de los problemas de salud que se presentan durante su atención en la Procuraduria. La valoración médica se realiza en privado y, posterior a la realización de una historia clínica breve, el personal médico emitirá su impresión diagnóstica.

*Apoyo Psicológico. Una vez que la persona es turnada por el personal de trabajo social, el área de psicología brindará atención primaria y/o atención psicológica especializada.

**Atención Psicológica Especializada. Se refiere al proceso psicoterapéutico por medio del cual la o el usuario elabora el hecho traumático, adquiere y desarrolla las habilidades emocionales necesarias para logar un crecimiento y equilibrio en las esferas familiar, social, escolar y laboral. Este preceso puede desarrollarse de manera individual o grupal, por medio de talleres psicoeducativos, grupos de autoayuda y terapia grupal.
*Trabajo Social. El profesional podrá aplicar un estudio socioeconómico para detectar las
necesidades reales y especificas de cada caso.
Se realizara un seguimiento
especifico a las necesidades sociales de los y las usuarias, con la finalidad
de solicitar y gestionar las vinculaciones correspondientes con instituciones
especializadas de servicios de salud, educativos, sociales, culturales,
laborales, de capacitación, entre otros que se requieran.
Para asegurar que la o el
usuario reciba la atención solicitada, se realizará un seguimiento
personalizado de las vinculaciones efectuadas a dichas instituciones para
conocer los avances de las mismas y estar en posibilidad de gestionar
conjuntamente los apoyos correspondientes. Una vez concluida la gestión se
realizará llamada telefónica con la víctima, personas ofendidas o la
institución de apoyo, para dar un puntual seguimiento al resultado de
dicha vinculación.